A- de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Cotes Angulo Lucy Cecilia·Demandado Caterstone Sas Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad contractual entre particulares
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto Civil Municipal de Santa Marta y el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
El conflicto versa sobre el conocimiento de la demanda ejecutiva presentada por una ciudadana contra la sociedad CATERSTONE SAS y varios particulares, en aras de obtener el pago de determinadas sumas de dinero, aportando como título base de la ejecución un contrato titulado de operación minera y un otro sí.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer un proceso ejecutivo entre particulares, en el que se reclama la ejecución de un contrato relativo a asuntos mineros, también celebrado entre particulares.
Lo indicado, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 15 de la Ley 1564 de 2012.
En consecuencia, la Sala ordenó remitirle el expediente de la referencia al Juzgado Sexto Civil Municipal de Santa Marta para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Santa Marta y el Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Santa Marta, y DECLARAR que el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Santa Marta es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva presentada por la señora Lucy Cecilia Cotes Angulo contra la sociedad CATERSTONE SAS y los señores César Javier Gámez Estrada y Orlando Ismael Cabas Ebrath.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2095 al Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Primero. Administrativo del Circuito de Santa Marta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.